Requisitos de permanencia

Realizar y cumplir satisfactoriamente las actividades académicas del plan de estudios y de su plan individual de actividades, establecido con su tutor. En caso de que un alumno no acredite la misma actividad académica en dos ocasiones será dado de baja en los términos que se establece en las normas operativas de este Programa, en el RGEP y los LGFP.

Contar con la evaluación semestral favorable de su tutor. En caso de una evaluación desfavorable, el Comité Académico analizará el caso y podrá recomendar la permanencia del alumno, con las condiciones que considere pertinentes. En caso de una segunda evaluación desfavorable el alumno será dado de baja en los términos que se establece en las normas operativas de este Programa, en el RGEP y los LGFP.

Finalizar sus créditos y plan individual de actividades en el tiempo establecido en el plan de estudios. En su caso, previo dictamen favorable del Comité Académico, el alumno podrá contar con un plazo de hasta dos semestres consecutivos para finalizar sus créditos y graduarse. Si aún así el alumno no se gradúa, el Comité Académico decidirá si procede la baja definitiva del plan de estudios; en casos excepcionales, podrá otorgar una prórroga para que el alumno se gradúe.

Cuando un alumno interrumpa los estudios, el Comité Académico determinará en qué términos se podrá reincorporar al Programa. El tiempo total de inscripción efectiva no podrá exceder los límites establecidos en el RGEP.